Pronunciamiento
09 de noviembre de 2022

El pasado 23 de julio, la Organización Mundial de la Salud (OMS) emitió una Declaratoria de Emergencia de Salud Pública de Interés Internacional con motivo de la rápida transmisión del virus que provoca viruela símica.

En la actualidad, la cifra de casos confirmados en el mundo asciende a 76 mil 806. En México, el primer caso fue confirmado el 28 de mayo de este año; al 24 de octubre, la Secretaría de Salud contaba 2 mil 654 casos positivos. Nuestro país es el sexto con mayor presencia del virus en el continente americano. La mayoría de estos casos se concentran en la Ciudad de México, Jalisco, Estado de México, Yucatán y Quintana Roo.

Al respecto, el pasado 5 de agosto, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) insistió en que la estrategia frente a la epidemia debe estar centrada en cuatro elementos: atención frente a la comunicación de riesgos; participación de las comunidades afectadas; detección temprana, la vigilancia y tratamiento de los casos; y el seguimiento de los contactos.

Si bien el Gobierno federal ha difundido información sobre las formas de transmisión del virus, la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) hace un llamado a las autoridades sanitarias de cada entidad federativa a que, en el marco de las facultades previstas para ese orden de gobierno por el sistema coordinado de salud pública, focalice las estrategias locales de prevención, atención y seguimiento en la población de hombres entre 30 y 39 años, puesto que ese grupo concentra el 98% de las transmisiones.

En ese sentido, la FMOPDH alerta a las autoridades locales a evitar tanto la estigmatización como la discriminación hacia la población más afectada por el virus con motivo de la puesta en marcha de cualquier estrategia de comunicación. Para ello, la participación de la población afectada resulta determinante.

Finalmente, respecto a la detección temprana, tercer elemento abordado por la OPS, la Federación observa oportuno una mayor participación de las entidades federativas en la estrategia de detección temprana del virus sin detrimento de la calidad de la prueba. Para ello, es necesario que las autoridades generales de salubridad habiliten, en coordinación con las autoridades locales, laboratorios públicos que cumplan con los requisitos para el manejo de pruebas. En ese sentido, alienta a las instituciones locales de salud a que, en el marco de coordinación, den a conocer a la población las acciones que han emprendido para hacer posible tal descentralización.

Esto es así puesto que, hasta el 6 de octubre, las pruebas estuvieron exclusivamente a cargo del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (InDRE), situado en la Ciudad de México. A la fecha, sólo se han habilitado cuatro laboratorios públicos más en el país, autorizados para realizar la detección.

En lo que toca a la vacunación, se hace un llamado a que la autoridad sanitaria en el país amplíe información sobre la decisión de apegarse o no a la resolución de la OPS adoptada el 5 de agosto referente al acceso equitativo de la vacuna para las poblaciones en mayor riesgo.

En conclusión, la FMOPDH reitera la importancia de abordar la epidemia por el virus de viruela símica en México como un asunto de gran interés público en el cual las autoridades locales de salubridad tienen una gran responsabilidad de detonar acciones de prevención y atención para la disminución de las transmisiones en concordancia con la estrategia nacional que debe de priorizar el papel de las localidades y su participación.

Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos:

  • Comisión Nacional de los Derechos Humanos
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua
  • Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Durango
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
  • Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato
  • Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos
  • Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León
  • Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz
  • Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas.

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