Medidas Cautelares

Respecto a la fracción IV del presente artículo en el que solicitan el “listado de medidas precautorias, cautelares o equivalentes, giradas una vez concluido el expediente”, se le hace del conocimiento, que en el mes de mayo de 2016  no se dicto ninguna medida precautoria, dado a que la naturaleza de estas es  “evitar la consumación irreparable de alguna violación  de Derechos Humanos o la consumación de daños de imposible reparación, antes de que suceda el hecho”.

Por lo cual, esta medida (cautelar o precautoria) procederá al inicio o durante el trámite de la queja y no al concluir la misma.

 

Actualización 2023

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